Check list para la venta de la farmacia

La segunda decisión más importante en la vida de un farmacéutico es la de la venta de la farmacia (la primera decisión fue comprarla). Al igual que cuando se compra, se tienen en cuenta distintos aspectos (cuánto dinero tengo, apoyo familiar, experiencia profesional para embarcar la nueva aventura)  la hora de vender hay que tener unas consideraciones previas, y “poner la casa en orden”.

¿Qué documentación necesito aportar para la venta de la farmacia?

Si la farmacia se adquirió mediante compraventa, donación o herencia, hay que tener localizada la Escritura de esa adquisición. Si fue de nueva apertura, el acta de la Consejería de Sanidad sería su título.

Lo mismo ocurre con el local: si es en propiedad, necesitamos la escritura de compraventa, donación o herencia; en el supuesto de que sea en alquiler, lo importante es el contrato de arrendamiento. En este supuesto, la operación se complica un poco más. Resulta necesario estudiar el plazo del arrendamiento durante el que aún tiene vigencia el contrato, si es viable la cesión del mismo o, si por el contrario es necesario negociar un nuevo contrato con la propiedad del local. En la mayoría de los supuestos es lo que va a ocurrir, ya que aun cuando el arrendamiento esté vigente y sea viable la cesión a favor de un tercero, lo normal es que ya no quede mucho plazo.

¿Qué debo comprobar en mis títulos de propiedad tanto de adquisición de farmacia como del local?

El nuevo titular de la farmacia, para poder adquirirla, va a necesitar la financiación de una entidad bancaria. Esta le exigirá que el contrato de arrendamiento tenga una vigencia mínima de entre 15 y 20 años y derecho de cesión expresamente concedido. Una vez localizados ambos títulos de propiedad, habrá que realizar también una serie de comprobaciones. Entre ellas, que no esté gravado ninguno de los bienes con una hipoteca ni con ninguna otra garantía (prenda, condición resolutoria, etc.) y que en el supuesto de haber sido un bien ganancial, se haya tenido en cuenta en el momento de practicar las operaciones particionales de la herencia de su cónyuge o en caso de divorcio, cuando se liquidó la sociedad de gananciales.

¿Y en las cuentas de mi farmacia?

Las cuentas de la farmacia deben estar saneadas: llevar la contabilidad al día y correctamente, tener todos los impuestos presentados, los libros contables debidamente cumplimentados y, si se tiene obligación, depositados en el registro mercantil. Por otro lado, el volumen de existencias de la farmacia o stock debe ser acorde con la facturación: lo usual es que sea el 10% de la misma, y hay que procurar que no haya productos con caducidades inferiores a 6 meses, ni productos descatalogados o en mal estado.

En previsión del futuro expediente de autorización de transmisión de la oficina de farmacia ante la Consejería de Sanidad, donde habrá que aportar un plano del local donde se ubica la misma, es recomendable comprobar que no se hayan realizado obras sin la preceptiva autorización administrativa, ya que el plano que hay que aportar debe coincidir con la realidad física del local y, a su vez, con el plano que obre en el archivo de la administración.

¿Deseas saber más sobre la venta de la farmacia?

Si desea más información sobre este asunto o sobre cualquier otra cuestión que le pueda surgir, póngase en contacto con nosotros en el teléfono 91 445 48 54 o bien puede remitirnos un correo electrónico a la siguiente dirección abogados@orbaneja.com.

Rosa Blanco
Abogado departamento jurídico y de transmisiones
Orbaneja Abogados

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