La AEAT avisará a los contribuyentes afectados por la Cláusula Suelo para la cumplimentación correcta de su declaración

La Agencia Tributaria incluirá un aviso en las declaraciones de los contribuyentes afectados por cláusulas suelo para comunicarles que tienen una incidencia por este asunto con el fin de que cumplimenten correctamente la declaración antes de su presentación.

En la rueda de prensa para presentar la Campaña de la Renta 2016, el director del Departamento de Gestión de la Agencia Tributaria, Rufino de la Rosa, explicó que desde la Agencia Tributaria han solicitado declaración informativa específica a las entidades financieras para que les aporten información sobre los importes devueltos por las cláusulas suelo a raíz de la sentencia del Tribunal Supremo que obliga a su devolución.

Así, los contribuyentes afectados por las cláusulas suelo podrán ver en la parte de datos fiscales de sus correspondientes declaraciones de la renta un aviso en el que se les recuerda que tienen una “incidencia” relacionada con las cláusulas suelo, para que procedan a su regularización antes de la presentación de la declaración.

El contribuyente sólo tiene obligación de regularizar por los últimos cuatro ejercicios no prescritos en caso de que las cantidades devueltas por su banco hubieran sido utilizadas como base de deducción por vivienda habitual en esos cuatro años.

Pero ojo, la Agencia Tributaria no dispone de toda la información por parte de los bancos que debiera, por lo que se aconseja a los contribuyentes que se dirijan también a sus entidades financieras para que les aporten la información específica, y analicen la “incidencia” antes de cumplimentar las declaraciones.

AVISOS POR ALQUILERES NO DECLARADOS

Igualmente, para esta Campaña de la Renta se mantiene el aviso a posibles dueños de alquiler no declarados como ya se hizo en la campaña pasada, en la que la AEAT emitió más de 21.000 avisos, y continuará realizando avisos a los contribuyentes que cuenten con rentas en el exterior o que perciban pensiones en otros países.

La Agencia Tributaria ha explicado que los contribuyentes afectados por cláusulas suelo no tendrán que integrar en la base imponible de la declaración la devolución (en efectivo o a través de otras medidas de compensación) de las cantidades previamente satisfechas a las entidades financieras en concepto de intereses por aplicación de las cláusulas suelo, ni tampoco los intereses indemnizatorios. De esta forma, no tributan estas cuantías derivadas de acuerdos celebrados con entidades financieras ni de la ejecución o cumplimiento de sentencias judiciales o laudos arbitrales.

Si las cantidades percibidas hubieran formado parte en ejercicios anteriores de la base de deducción por inversión en vivienda habitual, se puede dar la situación de que la devolución se produzca en efectivo o se destine a amortización del préstamo.

En el primer caso, si la devolución se produce en efectivo se pierde el derecho a las deducciones practicadas, por lo que se debe regularizar en el ejercicio en el que se celebre el acuerdo con la entidad financiera o en el que sea firme la sentencia judicial o un laudo arbitral. No se exigirán intereses de demora (se marcarán las casillas 453 y 454) y sólo se deben regularizar los ejercicios no prescritos (2012, 2013, 2014 y 2015).

En el segundo caso referido a la devolución destinada a amortización de los préstamos, no se debe regularizar y no formarán parte de la base de deducción por inversión en vivienda habitual. Cuando las cantidades percibidas por la devolución de las cláusulas suelo se hubieran incluido en declaraciones de años anteriores como gasto deducible, sí que se debe regularizar.

El contribuyente tendrá que proceder en este supuesto a la realización de la autoliquidación complementaria correspondiente a los ejercicios 2012, 2013, 2014 y 2015, sin sanción, ni intereses de demora, ni recargo alguno.

Si desea información adicional sobre esta noticia puede remitirnos un correo electrónico a la siguiente dirección: contabilidad@orbaneja.com o bien llamarnos al número 91 445 48 54.

BLANCA DE EUGENIO FERNÁNDEZ

Responsable Departamento Fiscal Orbaneja Abogados

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