MODELO 347 en la farmacia y en la empresa, ¿Qué datos necesita mi asesor?

Próximamente llega febrero, y de su mano el modelo 347 en la farmacia y empresa. Este modelo meramente informativo consiste en la declaración de todas aquellas operaciones con terceros que hayan superado los 3.005 euros en el ejercicio anterior. Todos los profesionales y empresarios, entre ellos, los titulares de farmacia, están obligados a informar a la Agencia Tributaria mediante esta declaración.

En noviembre del año pasado el Ministerio de Hacienda emitió una orden en la que adelantaba el plazo de presentación del 28 de febrero al 31 de enero. Este cambio ocasionó mucha inquietud e hizo que los asesores fiscales mantuvieran diversas reuniones con máximos exponentes de Hacienda presentándoles su oposición a la medida de adelantar el plazo a enero, mes ya de por sí saturado de obligaciones formales para este sector. Aprovecharon para recordarles que en dicho mes de enero los autónomos y pymes deben presentar más de una decena de declaraciones.

Orbaneja Abogados es miembro de la AEDAF, y desde allí se solicitó a la Agencia Tributaria y a la Dirección General de Tributos, que el plazo de presentación del Modelo 347 de Declaración anual de operaciones con terceras personas no se adelantara al mes de enero, e incluso pusimos en marcha una campaña de recogida de firmas de los asociados con esta petición.

Finalmente, lo hemos conseguido. Fue publicado en el BOE de 31 de octubre la Orden HAC/1148/2018, de 18 de octubre, que establece con carácter indefinido el plazo de presentación del modelo 347 en el mes de febrero.

Desde Orbaneja Abogados entendemos que, con este cambio normativo, los obligados tributarios y sus asesores cuentan con un plazo asumible para cumplir con sus obligaciones de manera efectiva y correcta, como es nuestro deseo.

Para presentar en tiempo y forma en Hacienda de manera telemática el modelo 347, es necesaria la colaboración entre farmacéutico y asesor, debiendo el primero facilitar al segundo todos los certificados de aquellos proveedores, clientes y demás empresas que hayan superado en facturación la cifra ya mencionada de 3.005,00 Euros.

En Orbaneja Abogados facilitamos a nuestros clientes en la primera semana del mes de febrero una relación con todos aquellos que en el año 2018 superaron los 3.005€. Esta relación se basa en los datos que nos han ido proporcionando a lo largo de los trimestres y posteriormente hemos contabilizado. Una vez revisada y cotejada con los certificados que ya han recibido, si comprueban que falta alguno, aconsejamos reclamarlo para que se lo envíen.

Es importante contar con todos los certificados, ya que esto nos servirá para detectar posibles errores contables, tales como la falta de alguna factura que en su momento no recibió y por tanto quedó sin contabilizar, incluso es posible encontrar algún abono sin efectuar. El proveedor no tiene la obligación de facilitar el certificado pero si lo hace nos aseguramos 100% que el proveedor y ustedes están declarando lo mismo y evitaremos posibles inspecciones en la farmacia o empresa que Hacienda efectuaría al cruzar datos y comprobar las diferencias.

También pedimos a nuestros clientes que nos envíen el Confidencial del Colegio de Farmacéuticos (Son 5 hojas, una por trimestre más el anual). Si disponemos de sus claves para acceder a Farmacloud, no es necesario, ya que nosotros mismos lo descargaremos de la página.

Si su farmacia cuenta con algún cliente al que haya facturado más de 3.005 € a lo largo del año 2018, necesitamos que nos remita también toda la información detallada, con fechas, importes y CIF/NIF correspondiente, ya que Hacienda también ha de ser informada de estas operaciones.

El equipo de Orbaneja Abogados insiste un año más en recordarles la obligación de proporcionar a Hacienda la información desglosada tanto por trimestres como anualmente. El plazo para presentar el Modelo 347 en la farmacia o empresa finaliza el 28 de febrero aunque recomendamos a nuestros clientes que nos hagan llegar la información no más tarde del 15 de febrero para poder revisar bien los datos y subsanar las diferencias en caso de que las haya.

¿No sabe si tiene que presentar el modelo 347 en la farmacia? ¿Cómo reclamar a su proveedor los certificados? ¿Y si no presenta este modelo?

Si desea más información sobre esta cuestión, póngase en contacto con nosotros en el teléfono 91 445 48 54 o bien puede remitirnos un correo electrónico a la siguiente dirección abogados@orbaneja.com.

Departamento Fiscal de Orbaneja Abogados

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