La sustitución del farmacéutico titular por enfermedad

Ante la crisis del Coronavirus, las farmacias se han convertido en un establecimiento sanitario indispensable para poder atender a la población más allá de la mera dispensación cotidiana, convirtiéndose en punto de referencia para toda la ciudadanía tanto para el abastecimiento de productos de contención del contagio, como para un primer diagnóstico ante el riesgo de haber contraído la enfermedad, como para proveer de los medicamentos necesarios para su tratamiento en aquellos casos que no revistan una gravedad importante como para ser ingresados en los centros hospitalarios. Pero, ¿qué pasaría si el titular o los empleados caen enfermos y de debe proceder a la sustitución del farmacéutico?

El farmacéutico, una profesión de riesgo ante el Coronavirus

Como consecuencia de esa afluencia de pacientes de forma masiva, también son un sector con un alto riesgo de contagio, aunque desde las farmacias se está poniendo todos los medios a su alcance para evitarlo: dispensar a dos metros del paciente, primar el pago por tarjeta para evitar el contacto con el efectivo, estar provisto, cuando dispongan de ello, de guantes y mascarillas, y desinfectar de forma continua las instalaciones.

Pero obviamente, no es infalible, y tanto el personal de la Oficina de Farmacia como la propia titularidad pueden verse afectados por el contagio del coronavirus.

La sustitución del farmacéutico titular por Coronavirus u otra enfermedad

La Ley de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Madrid establece que cuando el titular de la farmacia deba ausentarse de la misma por distintas causas tasadas, entre las que se encuentra la incapacidad temporal, como sería la baja por contagio del Coronavirus, es obligatorio el nombramiento de una Farmacéutico Sustituto.

Teniendo dicha consideración el Farmacéutico nombrado como tal, siempre con carácter temporal, y por una de las condiciones tasadas, que ejerce en lugar del titular propietario su actividad en una Oficina de Farmacia asumiendo las mismas responsabilidades profesionales que el Farmacéutico Sustituido.

Consecuencias del Coronavirus en la farmacia y recomendación

El Coronavirus tiene sus consecuencias en la farmacia. Si el titular de la Oficina de Farmacia tuviera que ausentarse de la misma por contagio del Coronavirus habrá que nombrar un Farmacéutico Sustituto ante la Consejería de Sanidad. Sin embargo, conforme al RD que declara el Estado de Alarma a consecuencia del Coronavirus, todas los procedimientos administrativos quedan suspendidos y/o interrumpidos.

Si la farmacia cuenta con un Farmacéutico Adjunto, te recomendamos realizar una simple comunicación con su nombramiento como sustituto por esta causa, indicando los supuestos en que el titular se va a ausentar un plazo máximo de 72 horas.

Si la Oficina de Farmacia no cuenta con un Farmacéutico Adjunto, lo más recomendable es cerrar temporalmente la misma, previa comunicación al efecto.

Respetar la cuarentena de los empleados

Por último, toda aquella persona que haya estado en contacto con un afectado por el Coronavirus también deberá causar baja laboral y permanecer en cuarentena, por lo que lo más aconsejable, dentro de las posibilidades de cada farmacia, es hacer turnos de trabajo para evitar el contagio de toda la plantilla.

¿Desea saber más sobre la sustitución del farmacéutico por el nuevo coronavirus y cómo afecta a su plantilla?

Si desea más información sobre este asunto o sobre cualquier otra cuestión que le pueda surgir, póngase en contacto con nosotros en el teléfono 91 445 48 54 o bien puede remitirnos un correo electrónico a la siguiente dirección abogados@orbaneja.com.

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