La campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2025 ha concluido oficialmente tras el cierre del plazo general el pasado 30 de junio. Para aquellos contribuyentes cuyo resultado fue a ingresar y optaron por el fraccionamiento del pago sin intereses, toca recordar la siguiente fecha clave en el calendario: el 40% restante se cargará el próximo 5 de noviembre de 2026.
Con el periodo de presentación terminado, es el momento de analizar las claves de una campaña que no ha sido una más para el sector farmacéutico, sino una renta de auténtica transición hacia un modelo de control tributario completamente digitalizado.
1. El gran impacto económico: Las transmisiones de farmacias en 2025
El núcleo financiero de esta campaña lo han sufrido quienes vendieron su oficina de farmacia durante el año 2025.
Desde el 1 de enero de 2025, la fiscalidad de la base liquidable del ahorro se endureció en su tramo más alto: la parte que exceda de los 300.000 euros pasó a tributar al 30%, frente al 28% anterior.
Dado que en la transmisión de una farmacia es habitual contar con elementos totalmente amortizados fiscalmente, una gran parte del precio de venta se transforma directamente en ganancia patrimonial. Este incremento del 2% ha supuesto una carga fiscal notablemente mayor en las declaraciones recién presentadas en comparación con años anteriores.
2. El control de existencias bajo la lupa de Hacienda
El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero ha dejado clara su intención de vigilar estrechamente la coherencia de los datos económicos. La gran novedad del Modelo 100 en esta campaña ha sido la incorporación de nuevas casillas relativas a la variación de existencias.
La Agencia Tributaria busca obtener una «fotografía» exacta de la evolución de los stocks y su impacto real en el rendimiento empresarial declarado. Con las declaraciones ya presentadas, la documentación de los cierres de ejercicio e inventarios será crucial ante las posibles revisiones e inspecciones automatizadas de la administración.
3. El nuevo ecosistema digital: VERI*FACTU vs. Factura Electrónica Obligatoria
Ha sido una renta de auténtica transición hacia un posible modelo de control tributario completamente digitalizado. Uno de los puntos más relevantes analizados por Jose María Cobo (Director del Departamento Fiscal Contable de Orbaneja Abogados) es la necesidad de diferenciar dos conceptos que marcarán el futuro inmediato de las oficinas de farmacia:
- VERI*FACTU: El sistema que regula los requisitos de los programas informáticos de facturación, garantizando la remisión y trazabilidad de los registros mediante códigos QR y la mención de «Factura verificable en la sede de la AEAT».
- Facturación Electrónica Obligatoria B2B: Cuyo marco técnico se ha definido recientemente con el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo. Su aplicación será progresiva: comenzará doce meses después de la publicación de la orden ministerial para empresarios con una facturación superior a 8 millones de euros, y veinticuatro meses después para el resto de los profesionales.
Esta digitalización permitirá a la Agencia Tributaria realizar cruces automáticos masivos de información a partir de ahora, reduciendo drásticamente el margen para errores o inconsistencias.
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