El Alto Tribunal consolida una línea jurisprudencial que refuerza la motivación, la proporcionalidad y el respeto a la prescripción en la actuación administrativa. Un año clave para la seguridad jurídica del contribuyente.
El cierre del ejercicio es siempre un buen momento para analizar los movimientos doctrinales que marcan el rumbo del sistema tributario. Este año, el Tribunal Supremo ha dictado una serie de sentencias de enorme relevancia para la defensa del contribuyente, consolidando principios fundamentales que forman parte de la tradición jurídica: motivación de los actos administrativos, proporcionalidad en la ejecución, respeto escrupuloso de la prescripción y exigencia probatoria reforzada para cualquier derivación de responsabilidad.
Estas seis resoluciones, fechadas entre octubre y noviembre de 2025, conforman un bloque doctrinal coherente y claramente orientado a equilibrar la balanza entre la Administración y el ciudadano.
1. Una motivación exhaustiva en las notificaciones: un requisito esencial
STS de finales de 2025 pendiente de publicación oficial.
El Supremo recuerda con firmeza que Hacienda no puede iniciar una actuación sin explicar con claridad la razón y el alcance de su intervención. La sentencia declara inválidas las notificaciones que se limitan a textos genéricos o estandarizados, sin detallar como: “en base a la información que obra en poder de la administración”, exige que los mismos contengan:
- qué hechos se van a comprobar,
- qué discrepancias se aprecian, y
- cuál es la trascendencia tributaria de la actuación.
Este pronunciamiento evita que el contribuyente se vea expuesto a procedimientos imprecisos o de amplitud desproporcionada. La motivación no es una cortesía: es una garantía sustantiva que, si falta, invalida el procedimiento.
De igual modo, resulta exigible que la documentación acreditativa del intento de notificación refleje, además de la identificación del expediente, la fecha, la identidad y contenido del acto que se intenta notificar, mediante la correspondiente alusión o referencia específica a su contenido esencial.
“Una notificación insuficientemente motivada debe retrotraerse: el TS devuelve el rigor a la actuación inspectora.”
2. La ejecución de deudas en vía judicial exige prudencia y proporcionalidad
STS de finales de 2025 pendiente de publicación oficial.
El Alto Tribunal corrige una práctica que había tensionado a muchos contribuyentes: ejecutar de forma automática deudas tributarias mientras existía un recurso judicial pendiente. La sentencia establece que los tribunales deben valorar previamente:
- el riesgo real para los intereses de Hacienda,
- el perjuicio que generaría la ejecución para el contribuyente,
- y la proporcionalidad de la medida.
De este modo, se protege el derecho a una tutela judicial efectiva sin que la carga económica del procedimiento se convierta en una presión indebida. La resolución restituye el equilibrio entre administración tributaria y ciudadano.
“El Supremo rechaza la ejecución automática: cada caso exige análisis individual y proporcionalidad.”
3. Disolución de patrimonios familiares: fin a una doble tributación improcedente
STS 4723/2025 de 28 de Octubre de 2025
El Tribunal Supremo resuelve una cuestión que había generado numerosos conflictos: la tributación simultánea en OS y AJD en disoluciones de comunidades familiares o de pequeñas sociedades que explotan un bien común.
La sentencia aclara que:
- la división de la comunidad no constituye una transmisión,
- y tampoco procede AJD por ausencia de transmisión inscribible propiamente dicha.
Con ello se elimina una doble imposición que venía recayendo sobre muchas familias que simplemente reordenaban su patrimonio. La decisión devuelve coherencia a un ámbito que siempre había sido pacífico desde una perspectiva civil.
Se pone como ejemplo la división horizontal de un edificio en la que no se pueden adjudicar los pisos a los distintos propietarios, sin antes haber divido jurídicamente el inmueble, siendo dicha división un paso necesario, no un negocio separado.
“Carece de justificación obligar a tributar dos veces”
4. Sociedades profesionales: sanciones solo cuando haya artificiosidad acreditada
STS 4617/2025 de 22 de Octubre de 2025
El Supremo acota las sanciones y frena la tendencia a sancionar de forma casi automática a profesionales que ejercen mediante sociedades. La sentencia marca una línea clara: utilizar una sociedad no es ilícito, y solo puede sancionarse si Hacienda demuestra que la estructura es artificiosa y que existe ánimo de ocultación e intención de defraudar.
El fallo protege a abogados, médicos, arquitectos y otros profesionales que utilizan sociedades de medios o unipersonales por razones perfectamente legítimas. Se devuelve así estabilidad a una materia donde los criterios administrativos habían generado inseguridad.
“El uso de sociedades profesionales es legítimo: la sanción exige acreditar ocultación.”
5. La prescripción de cuatro años es intangible: no se pueden reabrir ejercicios cerrados
STS 4359/2025 de 7 de octubre de 2025.
El Tribunal Supremo resuelve de forma contundente un debate crucial: la Administración puede comprobar bases imponibles negativas de hasta diez años, pero no puede modificar ejercicios prescritos. Son periodos “inamovibles”.
La sentencia impide que gastos contabilizados fuera de plazo se trasladen a ejercicios ya prescritos, aunque la inspección esté revisando BIN antiguas. Se refuerza así el principio de prescripción como garantía esencial, evitando ajustes retroactivos que generaban inseguridad en el Impuesto sobre Sociedades.
“La prescripción no es una formalidad: es una garantía que limita la actuación inspectora.”
6. Testaferros y vaciamiento patrimonial: Hacienda debe probar el fraude con rigor extremo
STS 4618/2025 de 20 de Octubre de 2025
El Supremo admite que Hacienda pueda derivar responsabilidad a quienes colaboren en maniobras de vaciamiento patrimonial. Pero exige una carga probatoria muy elevada. El acuerdo de derivación debe acreditar:
- la intencionalidad fraudulenta,
- el control efectivo del deudor sobre la entidad instrumental,
- la existencia de desplazamiento patrimonial,
- y una motivación exhaustiva.
La sentencia protege frente a derivaciones precipitadas basadas en meras sospechas o en vínculos familiares habituales. Se endurece el criterio, pero también se evita que estructuras societarias legítimas sean tratadas como fraudulentas sin pruebas suficientes.
“La derivación de responsabilidad exige pruebas sólidas y no valen sospechas ni relaciones familiares: debe de ser un trabajo de orfebrería sólida”
Estas seis sentencias del Tribunal Supremo consolidan una jurisprudencia más garantista, más técnica y ajustada a los principios que históricamente han guiado el Derecho Tributario. Las resoluciones exigen una mayor motivación a la Administración, refuerzan la prescripción, obligan a ponderar la ejecución de deudas y elevan el estándar probatorio en casos de derivación de responsabilidad.
En un entorno donde las actuaciones fiscales son cada vez más complejas, esta línea jurisprudencial aporta seguridad jurídica y devuelve confianza al contribuyente, que ve cómo los tribunales siguen actuando como último garante de proporcionalidad y legalidad.
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