Tribuna de Blanca de Eugenio sobre el problema que ha generado la legislación a las farmacias con los clientes con perro que acuden a comprar medicamentos

Este artículo escrito por nuestra Socia Directora ha sido publicado originalmente en el Correo Farmaceútico. Lo reproducimos aquí por su interés para nuestros lectores:

En España uno de cada tres hogares convive con un animal de compañía. Esta realidad ha llevado a aprobar una norma que proteja y trate dignamente a los animales de compañía.

La nueva ley de bienestar animal en España, que entró en vigor el pasado 29 de septiembre de 2023, prohíbe en un artículo que los clientes dejen solas a sus mascotas en la calle. Esta medida tiene como objetivo proteger a los animales de compañía de los peligros que pueden encontrar en la calle, como el tráfico, el maltrato o el abandono. La multa a la que se arriesga una persona que deje atado a su perro en la puerta de la farmacia es de un mínimo de 500 euros.

La normativa que regula las oficinas de farmacia es diferente para cada Comunidad Autónoma, por lo que la situación se complica aún más: dependiendo de dónde estés podrían aplicarse unas cosas u otras.

En concreto en el caso de Madrid, tenemos la normativa más actualizada en oficinas de farmacia y es de finales del 2022. La Ley 13/2022, de 21 de diciembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid en su artículo 6 establece que los farmacéuticos tienen un deber de confidencialidad en sus actuaciones y que habrán de dar una atención farmacéutica continuada y de calidad. ¿Cómo se puede garantizar esto en plena calle?

Por otro lado, esta misma norma establece en su artículo 20 la obligatoriedad de que los locales e instalaciones de las oficinas de farmacia y sus áreas de trabajo reúnan las condiciones higiénico-sanitarias precisas para asegurar la seguridad y la calidad de la atención farmacéutica.

Las sanciones por el incumplimiento de esto pueden ser de un mínimo de 300 euros si se califican como leves, pero incluso podrían calificarse como graves y estaríamos hablando de sanciones de 9.000 euros.

Esta incómoda situación para los farmacéuticos les coloca en la situación de tener que elegir entre incumplir la Ley de Bienestar animal y dejar a un cliente con su mascota sola en la calle o incumplir la normativa de sanidad de las farmacias y arriesgarse a que se les imponga una multa.

La solución que algunos están aplicando es la de despachar en la calle, es decir, tener dependientes en la entrada de la farmacia que atienden a los clientes que tienen mascotas. Otras farmacias están permitiendo la entrada de personas con animales de compañía siempre y cuando éstos vayan atados y en las condiciones higiénicas adecuadas.

Las soluciones que exige la presente situación pasan por:

  1. Que las farmacias tengan una zona exterior, como un patio o un jardín, donde los clientes pudieran dejar a sus mascotas mientras entran en comprar. Sin embargo, esto no siempre es posible.
  2. Que los clientes tomen conciencia de que no pueden entrar con la mascota en la farmacia y no vayan a adquirir productos acompañados de ellas. En todo caso, los perros de asistencia sí podrán acceder a cualquier espacio acompañando a la persona.

En nuestra opinión, creemos que las instituciones responsables de preservar la salubridad e higiene en la farmacia y las que protegen la vida animal, deberían resolver este conflicto entre dos intereses, aparentemente contrapuestos, los derechos de los animales y a la seguridad y salud de los clientes. No debería ser incompatible respetar la normativa de farmacias y la ley de bienestar animal.

Desde Orbaneja Abogados hacemos un llamamiento en nombre de nuestros clientes a las instituciones responsables y a los Colegios de Farmacéuticos para que resuelvan esta situación lo antes posible.

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