Asuntos laborales de la farmacia relevantes para 2021

El pasado 5 de mayo Orbaneja Abogados llevó a cabo un nuevo webinar en el que participó Elena Ropero (Responsable del Departamento laboral de Orbaneja Abogados), sobre asuntos laborales de la farmacia de cara al 2021, como las novedades en materia de igualdad y registro salarial en las Farmacias, los actuales permisos de paternidad y maternidad y las formas de optimizar su farmacia a través de las principales subvenciones en las contrataciones existentes.

Sobre el Registro Salarial Obligatorio en las Farmacias 

Entre lo más destacado del bloque en materia de igualdad, se expusieron las novedades como la obligatoriedad de contar con un registro salarial en la Oficina de Farmacia como elemento que debe ser incluido, junto al registro horario y al sistema de prevención de riesgos laborales, en el Compliance de todas las Farmacias.

Desde el 14 de abril de 2021, todas las Farmacias deberán contar con un registro retributivo que incluya las percepciones salariales y extrasalariales, desagregadas por sexo y clasificación profesional, de todos los empleados que conformen la plantilla de la misma. Este registro deberá estar a disposición de los propios empleados así como a disposición de la Inspección de Trabajo.

Además, las empresas que cuenten con 50 o más trabajadores, no sólo tendrán que elaborar un registro retributivo, sino que deberán elaborar un Plan de Igualdad con la correspondiente Auditoría Retributiva, que justifique de manera objetiva si existe brecha entre las retribuciones percibidas entre hombres y mujeres de una misma plantilla.

Sobre los permisos de Paternidad y Maternidad 

Otro de los temas desarrollados en materia de igualdad, fueron los actuales permisos por nacimiento del menor, los antiguos permisos de maternidad y paternidad, y cómo debe prepararse el Titular de la Oficina de Farmacia cuando se le plantea esta situación.

Los permisos tienen una duración de 16 semanas para ambos progenitores, no solo para la madre. 6 semanas deben ser disfrutadas de manera ininterrumpida tras el parto, acogimiento o adopción.

El permiso por cuidado del menor será abonado por el INSS, con lo cual, la empresa no correrá con ese gasto. En los casos en que no sólo se otorgue a una empleada un permiso por nacimiento de menor, sino también se le conceda el permiso por riesgo durante el embarazo, esta retribución correrá a cargo de la Mutua Colaboradora.

Además la botica podrá sustituir a los empleados que disfruten de estos permisos, mediante un contrato de sustitución o interinidad, los cuales bonifican las cotizaciones a la Seguridad Social tanto del trabajador sustituto como del sustituido; de esta manera la botica únicamente tendrá que abonar el salario del nuevo trabajador contratado para realizar la sustitución.

Otros asuntos laborales de la farmacia: las subvenciones

Por último, se desarrollaron las principales subvenciones en las contrataciones de los trabajadores de manera que podamos optimizar al máximo posible nuestro negocio. Se destacó la importancia de tener en cuenta las mismas a la hora de aumentar la plantilla o renovar los contratos.

Entre estas subvenciones destacan las actuales ayudas de la Comunidad de Madrid, las cuales se pueden agrupar en 3 bloques:

  • En primer lugar las ayudas para contrataciones a desempleados menores de 30 años, las cuales pueden ascender hasta 6.000 euros, si formalizamos una contratación indefinida cuya duración sea de al menos 1 año.
  • Por otro lado, tenemos las ayudas en las contrataciones a desempleados mayores de 30 años, las cuales podrán ascender hasta 8.000 euros, para nuevas contrataciones de personas desempleadas de larga duración mayores de 45 años.
  • En último lugar, destacan las subvenciones que no tienen en cuenta limitaciones en cuanto a la edad, las cuales pueden ascender a los 6.000 euros, siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos por la normativa.

Saber más sobre los asuntos laborales de la farmacia en 2021

Si desea más información sobre este tema o sobre cualquier otra cuestión que le pueda surgir, póngase en contacto con nosotros en el teléfono 91 445 48 54 o bien puede remitirnos un correo electrónico a la siguiente dirección abogados@orbaneja.com.

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El equipo de Orbaneja Abogados

 

 

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