Ayudas económicas para las PYMEs madrileñas afectadas por la COVID-19

La extraordinaria situación generada por la evolución del coronavirus COVID-19 ha conducido a que diferentes administraciones hayan adoptado medidas imprescindibles para el control de la pandemia y paliar los efectos negativos derivados de ella. Todas estas medidas buscan proteger la salud y garantizar la seguridad de los ciudadanos, pero, inexorablemente, también suponen restricciones que conllevan una ralentización en la recuperación de la actividad económica sin precedentes, poniendo a las empresas en condiciones muy diferentes de las condiciones del mercado en las que habitualmente operan. Por ello, los gobiernos también están facilitando ayudas económicas que ayuden a paliar la crisis a todo tipo de empresas.

Previsiones europeas

En concreto, la Comisión Europea estima que la economía española retrocederá un 10,9 por 100 este año, frente a la caída del 9,4 por 100 proyectada en primavera, posicionando a la economía española como una de las más golpeadas por la crisis.

Una secuela inmediata de este impacto para las empresas es la falta de liquidez que, asociada a una recuperación limitada de la actividad, repercute en su situación económica a corto plazo y que, a medio plazo, puede incluso poner en peligro su solvencia y supervivencia, afectando al empleo que generan y a la consolidación del tejido empresarial de la región.

La situación actual de las PYME

Por sus particulares características, las pequeñas y medianas empresas (en adelante pymes) son las que pueden padecer con mayor dureza estos efectos negativos, por lo que se considera imprescindible adoptar medidas de carácter económico que permitan a las unidades productivas madrileñas contrarrestar el impacto de la situación generada por la COVID-19, así como preservar, en la medida de lo posible, el empleo y la competitividad empresarial.

Centrándonos en Madrid, de acuerdo a los datos registrados en el informe “Colectivo empresarial”, elaborado por el Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid, el número de unidades productivas se situaba, en el año 2019, en 749.114 con un empleo de 3.334.303 personas ocupadas. De ellas, más del 99 por 100 son pequeñas y medianas empresas. Es decir, la práctica totalidad del tejido empresarial madrileño está constituido por pymes.

¿Qué ayudas económicas tendrán las PYME en la Comunidad de Madrid?

Frente a esta situación, se considera imprescindible que las administraciones adopten medidas adicionales de apoyo al tejido empresarial que permitan favorecer el sostenimiento de la actividad ante el nuevo escenario económico y social derivado de la COVID-19. Es en este sentido en el que se decide poner en marcha el procedimiento de concesión directa de ayudas económicas destinadas a prestar apoyo económico a pymes madrileñas afectadas por la COVID-19.

El carácter urgente de este programa de ayudas, requiere el establecimiento de un procedimiento ágil, imprescindible en la coyuntura actual, que permita la tramitación de un elevado número de solicitudes con la mayor rapidez posible y evite la paralización o ralentización del programa, que menoscabaría su efectividad.

Se considera conveniente gestionar estas ayudas mediante concesión directa, respetando siempre los necesarios controles que permitan aplicar los principios de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público, para lo que se desarrollan en el texto propuesto para el acuerdo de Consejo de Gobierno las normas procedimentales específicas que las regulan.

La situación excepcional provocada por la pandemia de la COVID-19, cuyas consecuencias y el carácter urgente que caracteriza la tramitación administrativa de la línea de ayudas propuesta, para que se puedan paliar cuanto antes los efectos negativos que acarrea la pandemia sobre la economía, evidencian por sí mismas las razones de interés público que se pretenden atender.

Por lo tanto, visto lo anterior sólo podrán ser beneficiarias de las ayudas económicas previstas en el Acuerdo de 7 de octubre de 2020, las pymes madrileñas que se hayan visto afectadas por la COVID-19 y que cuenten con trabajadores asalariados por cuenta ajena con contrato por tiempo indefinido, incluidos aquellos sujetos a un expediente de regulación temporal de empleo, a la finalización del segundo trimestre del año en curso, 30 de junio de 2020.

¿Qué Pymes se vieron afectadas por la COVID-19?

Se entiende que han sido afectadas por la COVID-19 aquellas pymes que realicen actividades cuya apertura al público quedase suspendida con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y su normativa de desarrollo o actividades que, no encontrándose en la relación anterior, hayan experimentado en el segundo trimestre del año 2020, una reducción de, al menos, un 25 por 100 de la facturación respecto al primer trimestre del mismo año o respecto al segundo trimestre de 2019.

Serán subvencionables el pago de nóminas y seguros sociales; los pagos para la obtención de productos y servicios para la protección del personal en relación con el COVID-19 (mascarillas, mamparas, guantes…) y el pago de alquileres de locales, siempre que estén directamente relacionados con la actividad económica desarrollada por la pyme y cuyo devengo se haya producido desde el 14 de marzo de 2020 y hasta el día de presentación de la solicitud de ayuda:

¿Qué cantidad recibirán las pymes con motivo de estas ayudas económicas?

La cuantía de la subvención, con carácter general, estará determinada por el número de trabajadores asalariados de la pyme, yendo de 2.500 euros a 10.000 euros en el mejor de los casos.

En resumen, tristemente, los autónomos profesionales aunque ejerzan actividades empresariales, como puede ser el farmacéutico con oficina de farmacia abierta, se han quedado fuera de la concesión de estas ayudas o subvenciones aunque cumplieran con los requisitos objetivos para la obtención de las mismas (cifra de facturación y asalariados) ya que no están englobados dentro del concepto de Pequeña y Mediana Empresa (PYME).

¿Quiere saber más sobre estas ayudas económicas o cómo solicitarlas?

Si desea más información sobre este asunto o sobre cualquier otra cuestión que le pueda surgir, póngase en contacto con nosotros en el teléfono 91 445 48 54 o bien puede remitirnos un correo electrónico a la siguiente dirección abogados@Orbaneja.com

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