Créditos ICO para PYMES y autónomos

Creditos ICO y COVID-19

Paliar los efectos económicos del COVID-19, garantizando la liquidez y cubriendo las necesidades de circulante de autónomos, pymes y empresas, con el fin de mantener la actividad productiva y el empleo se ha aumentado el importe dotado para la línea de créditos ICO, que está sujeta a la normativa de ayudas de Estado de la UE.

¿Quién puede solicitarlos?

Dentro del grupo de profesionales que pueden solicitar estos créditos se encuentran las oficinas de farmacia y con la finalidad, si fuera necesario, de que cuenten con liquidez suficiente para hacer frente a los gastos que genere su farmacia, podrán renovar o solicitar nuevos préstamos por esta línea de avales, desde el pasado día 18 de marzo de 2020, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:

  • Deben tener domicilio social en España.
  • Deben acreditar que su actividad empresarial se ve afectada por los efectos económicos derivados de esta crisis.
  • No figuren en situación de morosidad.
  • No estén sujetos a fecha 17 de marzo de 2020 a ningún procedimiento concursal.
  • Estas financiaciones deben de haberse formalizado o renovado a partir del 18 de marzo de 2020.

No podrán financiarse con cargo a la Línea de Avales las unificaciones y reestructuraciones de préstamos, así como la cancelación o amortización anticipada de deudas preexistentes, siendo exclusivamente su destino los siguientes gastos:

  • Nóminas y Seguros Sociales
  • Facturas de proveedores pendientes de liquidar, emitidas en el año 2020
  • Alquileres de locales, oficinas e instalaciones
  • Gastos de suministros
  • Costes de servicios laborales externalizados
  • Obligaciones financieras corrientes que vayan venciendo a partir del 17 de marzo de 2020.
  • Todos los demás gastos operativos ordinarios de la actividad.

¿Cómo solicitarlos?

Quién se quiera acoger a esta línea de crédito deberá dirigirse a cualquiera entidad de crédito o financiera, que se encargará de analizar y aprobar la nueva operación de préstamo o renovación. Las entidades financieras no podrán condicionar la aprobación de los préstamos a la contratación por parte del cliente de ningún otro servicio o producto. 

Las nuevas operaciones de préstamo o renovaciones que se beneficien de esta Línea de Avales pueden realizarse por un plazo máximo de 5 años, y en el supuesto de autónomos, como sería el caso de un farmacéutico, el aval garantizará el 80% de las nuevas operaciones de financiación y de las renovaciones, sin que se pueda dar cobertura a conceptos distintos al principal de la operación, como podrían ser los intereses, comisiones u otros gastos inherentes a las operaciones.

Finalmente, el coste del aval deberá ser asumido íntegramente por la entidad financiera que formalice el préstamo avalado.


Como ya saben, en Orbaneja Abogados cuidamos de las farmacias, llevamos 70 años a su servicio, y ahora más que nunca les tendemos la mano para lo que necesiten.

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