Incentivos y estímulos para la inversión en una farmacia: Descubre las oportunidades

En el ámbito de la estimación directa, existen diversos incentivos y estímulos que pueden beneficiar a las farmacias, fomentando la inversión en su desarrollo. En este artículo, nos centraremos en dos importantes deducciones: la deducción por inversión en elementos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas, y la deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad. 

 

Incentivos y estímulos para la inversión en una farmacia: 

 

  1. Deducción por inversión en elementos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas: 

Esta deducción es aplicable a las farmacias que sean Entidades de Reducida Dimensión, es decir, aquellas que facturen menos de 10 millones de euros al año, lo que abarca la mayoría de farmacias en España. 

 

La deducción se aplica a los rendimientos netos de actividades económicas de los ejercicios 2021 o 2022 que se inviertan en elementos nuevos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas. Es importante destacar que esta deducción solo es aplicable a las farmacias que obtengan “beneficios”, por lo que aquellas que registren pérdidas no podrán acceder a ella. 

 

La inversión debe realizarse en el ejercicio en el que se obtengan los rendimientos objeto de reinversión o en el siguiente. Es fundamental realizar una inversión real y mantener los elementos patrimoniales en funcionamiento y en posesión del farmacéutico durante al menos 5 años, o durante su vida útil si esta es inferior. 

 

La deducción general es del 5%, pero se reduce al 2,5% para los farmacéuticos que hayan aplicado la reducción del 20% prevista en el artículo 32.3 de la Ley de IRPF al iniciar su actividad económica. Al evaluar la compatibilidad de esta deducción con la libertad de amortización, es importante determinar cuál de los dos beneficios fiscales ofrece un mayor ahorro fiscal. 

 

  1. Deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad: 

Esta deducción está vigente para el ejercicio 2022, con un importe de 9.000 euros. Se aplica por cada persona/año de incremento del promedio de plantilla de trabajadores con discapacidad en un grado igual o superior al 33% e inferior al 65%, contratado por el farmacéutico durante el periodo impositivo. Si el grado de discapacidad es igual o superior al 65%, la deducción asciende a 12.000 euros. 

 

Conclusión: 

 

Aprovechar los incentivos y estímulos para la inversión en una farmacia puede ser una estrategia beneficiosa y promover su crecimiento y desarrollo. Las deducciones por inversión en elementos del inmovilizado material y por creación de empleo para trabajadores con discapacidad ofrecen oportunidades para generar un ahorro fiscal significativo. Es importante estar informado y aprovechar estas oportunidades para impulsar el desarrollo de la actividad económica en el sector farmacéutico. 

Si desea más información sobre este asunto o sobre cualquier otra cuestión que le pueda surgir, póngase en contacto con nosotros en el teléfono 91 445 48 54 o bien puede remitirnos un correo electrónico a la siguiente dirección abogados@orbaneja.com.

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