Novedades fiscales: esto es lo que viene en 2022

Un nuevo año ha dado comienzo. Año al que nos enfrentamos con la esperanza de que termine esta situación de pandemia en la que nos hemos visto inmersos, y en la que vosotros, los farmacéuticos, habéis desarrollado un papel fundamental para la sociedad.

Desde el punto de vista fiscal es un año en el que, a diferencia de otros, no son muchas las novedades fiscales, si bien, no queremos dejar pasar la oportunidad de trasmitiros en las siguientes líneas, aquéllas que no deben obviarse y que entendemos son importantes para afrontar el año fiscal con las ideas claras.

Medidas de Prevención y lucha contra el Fraude Fiscal

Una de las novedades estrella de este año 2022 ha venido de la mano de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, y es la implantación de los llamados Valores de referencia de Catastro que serán publicados por este organismo y aplicables para los impuestos de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y  para el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Importante tener en cuenta que estos valores también serán de aplicación en el Impuesto de Patrimonio para los bienes adquiridos a partir del 1 de enero de 2022, aunque, en ningún caso, afectará a los inmuebles adquiridos con anterioridad a esta fecha.

Otra de las medidas fiscales relevantes y que puede afectar al farmacéutico como empresario es la bajada del límite de pagos en efectivo pasando de 2.500 a 1.000 euros. Importante en este caso recordar que el pago de los sueldos y salarios está incluido en esta limitación.

Como ya hemos venido informando en anteriores ocasiones, otro aspecto importante de esta ley es la lucha contra el software de doble uso, cuyo objetivo es no permitir la producción y la simple tenencia de programas y sistemas informáticos que permitan manipulación de datos contables y de gestión. Se regula un nuevo régimen sancionador para una infracción que nos consta va a ser perseguida con mucho hincapié.

Como dato adicional, comentar que se establece una nueva obligación de informar sobre las monedas virtuales (bitcoin, criptomonedas…..) a los poseedores de las mismas.

Por último, y como medida favorable al contribuyente, mencionar la reducción de los recargos por presentación de impuestos fuera de plazo y de las sanciones con actas con acuerdo, pasando de un 50% a un 65%. La reducción de la sanción de una liquidación firmada en conformidad se mantiene en un 30%, aunque por pronto pago se reduce hasta el 40% (antes el 25%).

Medidas fiscales incluidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022

Sin lugar a dudas, bajo nuestro punto de vista, la medida que más afecta a los farmacéuticos es la reducción, por segundo año consecutivo, del límite máximo de aportación a planes de pensiones, si en 2020 eran 8.000 euros, en 2021 bajó a 2.000 y ahora para 2022 ha vuelto a bajar a 1.500. Este límite puede incrementarse hasta 10.000 euros a través de un plan de pensiones de empleo. Por ello, ésta puede ser una buena herramienta fiscal en el caso de titulares de oficina de farmacia con un tipo marginal elevado ya que será un mayor gasto salarial que podrá deducir, por lo que creemos que realizar aportaciones a un plan de pensiones empresarial a favor de los empleados permite que éstos puedan seguir disfrutando de las ventajas fiscales de los planes de pensiones y el farmacéutico titular de la deducción del gasto laboral que esto le supone.

Ahora bien, hay que tener en cuenta que en el momento del rescate de dichos planes estas cantidades tributarán como rendimiento del trabajo al tipo marginal que corresponda, por lo que recomendamos que se consulte siempre cuál sería la mejor opción fiscal para ese momento.

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