Novedades sobre el registro de la jornada de los trabajadores

El pasado mes de octubre fue aprobada en el Congreso de los Diputados una proposición de ley, presentada en julio por el Grupo Parlamentario Socialista, para reformar, y sería la enésima vez, el Estatuto de los Trabajadores y afectaría al registro de la jornada laboral.

Esta iniciativa tiene como objetivo modificar el artículo 34 de Estatuto de los Trabajadores para que sea obligatorio el registro de la jornada laboral diariamente, haciendo necesario el control de la hora de entrada y salida de cada empleado, con independencia de que tenga contrato a tiempo completo o Parcial.

¿Recuerdan cómo se inició este asunto? Echemos la vista atrás:

La obligación de llevar un registro de la jornada de los trabajadores es obligatoria para los trabajadores a Tiempo Parcial, pero la Audiencia Nacional falló a favor de los sindicatos en dos sentencias sobre conflictos de jornada y horario que mantenían con dos entidades bancarias. En dichas sentencias reconocía la obligación de llevar un registro con las horas de entrada y salida de todos los trabajadores de los bancos litigantes, ya tuvieran contratos a tiempo completo o a tiempo parcial.

Lo que en principio solo debía afectar a las partes litigantes fue “adoptado” por el gobierno como norma de obligado cumplimiento y dio orden a la Inspección de Trabajo para que exigiera, bajo sanciones en caso de incumplimiento, la obligación de llevar un registro de control de horas.

Al final tuvo que ser el Tribunal Supremo el que zanjara el tema, aunque no de forma unánime ya que dos de sus miembros emitieron voto particular en contra, y dictaminó que el registro horario solo es exigible para los trabajadores contratados a tiempo parcial y añade que si lo que pretende el gobierno es que esa obligación afecte a todos los trabajadores debe promover en el Congreso la iniciativa parlamentaria para modificar la ley, es decir el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores.

¿Dónde nos encontramos ahora?

Pues la situación es de impasse, ya que aunque está aprobada la proposición de ley, todavía no hay fecha para que el pleno la apruebe y sea efectiva, con lo que nos tocará estar atentos, pero lo que parece innegable es que tarde o temprano nos veremos en la obligación de llevar de forma individualizada para cada trabajador este control horario.

¿Quiere saber más sobre las novedades del registro de la jornada de los trabajadores?

Si desea más información sobre este asunto o sobre cualquier otra cuestión que le pueda surgir, póngase en contacto con nosotros en el teléfono 91 445 48 54 o bien puede remitirnos un correo electrónico a la siguiente dirección ltena@orbaneja.com.

 

MANUEL LINO TENA SANTOS

Departamento Laboral Orbaneja Abogados

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