Renta 2019: Especialidades en la Farmacia

Renta 2019

Este año la campaña de la Renta 2019 se ve muy condicionada por la situación de alarma que estamos viviendo en nuestro país ocasionada por el coronavirus COVID-19; aunque en principio el gobierno no ha realizado ningún cambio ni en el calendario ni en la forma de realización según lo que estaba previsto anteriormente (aunque entendemos que efectivamente la atención presencial en las Oficinas de la Agencia Tributaria tendrá que ser adaptada).

Legislativamente hablando, este año no ha habido grandes novedades fiscales, por lo que la campaña de renta está en la misma línea que las anteriores. Donde radican las principales diferencias es en los aspectos tecnológicos de la confección y presentación de la declaración sobre todo porque este año Hacienda ha aumentado el nivel de detalle de la declaración de IRPF, principalmente en los Rendimientos de Actividades Económicas y en los Rendimientos de Capital Inmobiliario.

Rendimiento de Actividades Económicas

Dentro del apartado de Rendimiento de Actividades Económicas y para el caso de los empresarios en régimen de estimación directa, tanto simplificada como normal, como es el caso de los titulares de oficina de farmacia, se debe desglosar con más detalle sus gastos deducibles. Por ejemplo:

Gastos de Personal

Tienen que desglosar los gastos de personal en diferentes casillas (incluyendo también dietas, asignaciones de viajes, premios, aportaciones a sistemas de previsión social e indemnizaciones, por ejemplo).

Otros gastos

Asimismo, deben indicar de forma separada otros gastos, como el IVA soportado no deducido junto con el recargo de equivalencia (en los casos de las oficinas de farmacia), pérdidas por insolvencia de deudores o las primas de seguro

Existencias

Hay que diferenciar las compras realizadas en ese año de la variación de existencias (antes sólo se declaraban los consumos de explotación); es decir, este año se solicita el desglose de la variación de existencias, ya sea como ingreso si hablamos de incremento de existencias finales, o como gasto si estamos ante disminución de existencias finales . 

Rendimientos de capital inmobiliario

En cuanto a los rendimientos de capital inmobiliario, por su parte, los contribuyentes que declaran este tipo de rendimientos por tener algún inmueble alquilado ya sea vivienda o local, también deben desglosar con más detalle sus gastos, informando de los seguros o los gastos de comunidad, por ejemplo. Y en el caso de las amortizaciones, además, deben detallar cómo las han calculado (incluyendo información sobre valores catastrales, valor y fecha de adquisición, título de adquisición, mejoras realizadas, etc.). En este tipo de rendimientos, además, se crea un nuevo anexo “D” para consignar el NIF de los proveedores de algunos gastos (de formalización del contrato, obras, conservación, reparación, mejoras, servicios de defensa jurídica, etc.), así como su importe ya que, según Hacienda, al facilitar esta información, los arrendadores agilizarán la tramitación de las devoluciones de IRPF a las que tengan derecho y reducirán el número de requerimientos. 

¿Qué debe tener en cuenta el farmacéutico?

Por lo tanto lo principal para que el farmacéutico optimice su declaración de la renta 2019 es que tenga en cuenta los gastos relacionados con su actividad que puede deducirse para calcular el rendimiento neto, como ya hemos comentado este año se piden más especificados.

Se mantienen como siempre:

  • Gastos de personal como el salario de los trabajadores y los pagos a la Seguridad Social, especificando por separado la de los trabajadores de la cuota de autónomos del propio titular.
  • Suministros, reparación y conservación.
  • Gastos de manutención del autónomo incurridos en el desarrollo de la actividad económica, siempre que se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería y se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago.
  • Servicios de profesionales independientes (asesoría, registros).
  • Seguros e impuestos vinculados al local.
  • Gastos de colegiación obligatoria.
  • Pagos de primas de seguro médico del titular, cónyuge e hijos menores de 25 años hasta 500 euros por asegurado (1.500 euros en el caso de discapacitados).

Otros gastos a tener en cuenta

Además de estos gastos corrientes hay que tener en cuenta también:

  • Las amortizaciones de las inversiones realizadas con el tipo máximo que nos podemos aplicar según las tablas de amortización así como si tenemos derecho a la amortización acelerada y a la libertad de amortización por creación de empleo;
  • La reducción del 20% del rendimiento neto el primer año en que el rendimiento neto sea positivo y el siguiente;
  • La deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad (9.000 ó 12.000 euros);
  • Deducción por apoyo a emprendedores y
  • Una deducción del 5% en inversión en elementos nuevos de inmovilizado material de acuerdo con el beneficio fiscal obtenido.

Por otro lado las farmacias que tributan en la modalidad de estimación directa simplificada pueden deducirse, como gastos de difícil justificación, el 5% del rendimiento neto hasta 2.000 euros anuales.

¿Que no debe faltar en la Renta 2019?

Los principales puntos que el farmacéutico no puede olvidar son:

  • Marcar correctamente la casilla de tributar en criterio de devengo o criterio de caja.
  • Revisar cualquier tipo de subvención recibida para saber si hay que declararla.
  • Tener contabilizado el fondo de comercio para que éste sea deducible.
  • Comprobar si se ha solicitado el abono anticipado de la deducción por maternidad o por familia numerosa para no duplicar dicha deducción así como la fecha de caducidad del título de familia numerosa para comprobar que sigue vigente.

Entre los olvidos más habituales en devoluciones y reducciones podemos destacar:

  • La compensación con las posibles bases imponibles negativas de ejercicios anteriores y así no perderlas.
  • Las deducciones por los donativos realizados a Fundaciones y Entidades sin Ánimo de Lucro.
  • Las reducciones por aportaciones a planes de pensiones propios y del cónyuge si éste no tiene ingresos.
  • La inclusión en el cálculo de las ganancias y pérdidas patrimoniales de los gastos anexos a las operaciones de compraventa (impuestos, notario, tasaciones…) para minorar la posible ganancia patrimonial.

Como ya saben, en Orbaneja Abogados cuidamos de las farmacias, llevamos 70 años a su servicio, y ahora más que nunca les tendemos la mano para lo que necesiten.

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