Acumulación de trabajo en la farmacia: cómo solventar situaciones puntuales

La situación de pandemia en la que está sumida el mundo está afectando, como no, al día a día de las empresas y desde luego a las oficinas de farmacia. El aumento de bajas laborales imprevistas, la obligación de guardar periodos de cuarentena para evitar la propagación del virus, las fluctuaciones en la afluencia de público a la farmacia, hacen que una de las cuestiones que nos plantean los clientes del despacho es como solucionar el problema que se les plantea cuando tienen una acumulación de trabajo en la farmacia puntual como consecuencia de periodos de absentismo muy cortos de trabajadores de la farmacia o incluso para hacer frente a trabajos puntuales y extraordinarios como control de existencias, caducidades etc.

Varias soluciones al problema de la falta de recursos en la farmacia

La solución a este problema no es única, pero apuntamos como una de ellas a tener en cuenta es utilizar la posibilidad de distribuir irregularmente la jornada del trabajo de los trabajadores.

En el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores se establece la posibilidad de acordar, en convenio colectivo o por un pacto con los representantes de los trabajadores la distribución irregular de la jornada anual de trabajo. En cualquier caso en ausencia de dicho pacto la empresa podrá disponer de hasta un 10% de la jornada anual, esto es hasta 178 horas anuales en el caso de las farmacias, para distribuirla de manera irregular. Para ello solo deberá comunicar al trabajador la fecha y las horas en que debe realizar la prestación de los servicios con una antelación de 5 días y dispondrá de un periodo de doce meses para realizar la compensación de esas horas que trabaja en demasía. Se trata de una posibilidad con la que cuentan las farmacias pero que muy pocas hacen uso de ella porque desconocimiento.

Un ejemplo práctico

Con un ejemplo lo vemos mejor. Una farmacia necesita que una de las farmacéuticas adjuntas prolongue su jornada de trabajo durante tres horas más durante cinco días, de lunes a viernes, para cubrir la ausencia de otro miembro del personal de la farmacia. Pues con 5 días de antelación la dirección de la farmacia comunicará a la citada farmacéutica adjunta los días y las horas que quiere que realice. Una vez realizadas se dispone de un plazo de doce meses para compensar por descansos equivalentes esas horas realizadas a requerimiento de la empresa.

Se deberá tener en cuenta en todo caso lo establecido en cuanto a periodos de descanso diario (doce horas entre el final de una jornada e inicio de la siguiente) y del descanso semanal (un día y medio ininterrumpido).

Desde luego que esta medida no es la panacea, pero conviene tenerla en cuenta como una herramienta que podemos utilizar a la hora de adaptar a las necesidades de la farmacia el personal de la misma.

¿Quiere saber más sobre cómo gestionar la acumulación de trabajo en la farmacia ante la falta de personal?

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